SANTO DOMINGO. El Ministerio de Trabajo de la República Dominicana recordó a empleadores y trabajadores que el miércoles 21 de enero, con motivo de la celebración del Día de Nuestra Señora de la Altagracia, es feriado no laborable y no está sujeto a cambios, por lo que deberá cumplirse conforme a lo establecido en la Ley 139-97.
Presidencia de la República Dominicana
La celebración de esta fecha deberá aplicarse en todos los establecimientos del país, y los trabajadores deberán reiniciar sus labores el jueves 22 de enero, de acuerdo con lo establecido en la normativa laboral.
Contexto adicional: La Ley 139-97 regula los días feriados en la República Dominicana y especifica qué festividades son inamovibles, entre ellas el Día de Nuestra Señora de la Altagracia.
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