Verón-Punta Cana. La creación y funcionamiento de la Oficina de Planeamiento Urbano del Distrito Municipal Turístico Verón-Punta Cana es plenamente legal y responde al ejercicio legítimo de la autonomía administrativa reconocida a los gobiernos locales, según establece un análisis jurídico elaborado por el equipo de Gestión Territorial Municipal de la Junta Distrital de esta localidad.
El documento fue elaborado como respuesta a los cuestionamientos surgidos desde algunos organismos, entre ellos el Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (Mived) y el Ayuntamiento de Higüey, que han alegado una supuesta falta de competencia legal de la Junta Distrital para establecer dicha oficina y emitir criterios técnicos en materia de uso de suelo.
No obstante, el dictamen sostiene que la Junta Municipal actuó dentro del marco legal vigente, sustentada en la Constitución dominicana y en la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios, que le otorgan potestad para organizar su estructura interna en función de sus necesidades y capacidades.
“El artículo 77 de la Ley 176-07 permite expresamente a los ayuntamientos, y por delegación a las juntas de distrito municipal, crear unidades técnicas como oficinas de planeamiento urbano, sin requerir autorización de terceros”, subraya el análisis legal.
Además, se destaca que la Ley 368-22 sobre Ordenamiento Territorial, si bien otorga competencias de uso de suelo a los ayuntamientos, no prohíbe que los distritos municipales desarrollen capacidades técnicas y apliquen su Plan de Ordenamiento Territorial (POT) dentro de sus límites jurisdiccionales.
El dictamen también señala que el Mived no tiene atribuciones legales para vetar la estructura organizativa interna de los gobiernos locales, ya que su rol es técnico en materia de edificaciones, más no de planeamiento urbano territorial. En igual sentido, recuerda que el Ayuntamiento de Higüey no posee facultad para anular decisiones administrativas internas de la Junta Distrital de Verón-Punta Cana.
“El principio de legalidad implica que todo lo que no está expresamente prohibido por la ley está permitido. En ese contexto, la creación de la Oficina de Planeamiento Urbano se presume legítima”, concluye el análisis.
Con este dictamen, el Gobierno Local del Distrito Turístico Verón-Punta Cana reafirma su compromiso con una planificación territorial ordenada, técnica y descentralizada, conforme al marco normativo que rige los gobiernos municipales en la República Dominicana.
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