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Promotores del AIB siguen su construcción a 19 días de tercera sentencia que lo prohíbe

Verón. El 28 de enero, la Segunda Sala del Tribunal Superior Administrativo rechazó, mediante sentencia, el recurso contencioso del Aeropuerto Internacional de Bávaro (AIB) contra la decisión del Instituto de Aviación Civil (Idac) declarando lesivo al interés colectivo esa infraestructura y que ordenaba la paralización de los trabajos de construcción de la misma.

Sin embargo, este martes 15 de febrero, en el lugar todavía se observan maquinarias realizando movimientos vinculados a esta obra, violentando esta decisión, que viene siendo la tercera en contra del Aeropuerto Internacional de Bávaro en el sistema judicial, con la que se caen los argumentos de ese proyecto, al disponer la autoridad judicial la paralización indefinida del mismo.

La decisión del TSA está ampliamente sustentada y toca puntos cruciales que dejan en entredicho la posibilidad de que ese aeropuerto pueda obtener la aprobación oficial en vista de los requerimientos incumplidos.

En la sentencia se dice que «se descarta un potencial reclamo en daños y perjuicios por parte del AIB al establecer que “no se ha iniciado ningún tipo de construcción y que de hecho no se había cumplido con la normativa relativa a la acreditación de los títulos de propiedad…lo que implica, al respecto, que el otorgamiento de autorización inicial de hecho no ha podido producir efectos”. No obstante, en el área, que se ubica en Las Tres Piezas, se observan maquinarias haciendo movimientos de tierra.

A juicio del tribunal, el AIB ha transgredido las normas del debido proceso administrativo jurídicamente protegido con rango constitucional”, y es otra de las razones que avalan el rechazo del recurso contencioso administrativo, y “en consecuencia, se confirma la Resolución de fecha 22 de diciembre del año 2020 emitida por el Instituto Dominicano de Aviación Civil (Idac)”

Para evitar tropiezos jurídicos, la declaración de lesividad por parte del IDAC se ciñó a la comunicación número 2293, de fecha 11 de agosto del año 2020, dictada por ese mismo organismo, que formaliza el inicio el proceso de construcción y fiscalización del AIB. La invalidez de la comunicación prohíbe la continuidad del proyecto presidido por Abraham Hazoury.

En las consideraciones de la sentencia, del 28 de enero de 2022, firmada por el juez presidente Antonio O. Sánchez Mejía, y las juezas Cecilia I. Badía Rosario y Franny Ml. González Castillo, se hace notar que los patrocinadores del AIB nunca han presentado estudios de viento, estudios de temperatura para definir la dimensión de pista por un período de cinco años exigidos por el RAD-14, estudios que demuestren si el proyecto reduce, constriñe o limita la capacidad operativa y comercial de los aeropuertos circundantes, y estudio relacionado al peligro de aves, ya que el proyecto operaría en una zona donde hay tres vertederos.

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