Santo Domingo. Aumentar el Impuesto sobre la Renta, eliminar la dedución del gasto educativo, reducir las exenciones en algunos sectores, bajar el monto exento a los inmuebles, subir el impuesto a las bebidas alcohólicas y azucaradas y gravar las indemnizaciones, accidentes de trabajo, preaviso y cesantía son algunas de las propuestas que podría estar discutiendo el Gobierno como parte de la reforma fiscal.
Las propuestas, que están en un documento que circula en las redes sociales desde el sábado, buscan generar recursos adicionales para sostener y estabilizar la deuda pública, que en 2020 cerró en un 56.6% del PIB.
En el mediano plazo, señala el texto, se podrán ir liberando mayores recursos que serán invertidos en ampliar los niveles de gastos en otras áreas prioritarias del Estado, como los subsidios sociales, agua, salud, vivienda, electricidad, ayuntamientos, Policía Nacional y la recapitalización del Banco Central.
Para atender dichas demandas, señala el proyecto, se requieren RD$284,388 millones (5.3% del PIB).
¿De dónde saldrá el dinero?
Esta propuesta de reforma fiscal parte de cinco ejes de acción: simplificación tributaria, renta de personas jurídicas, renta de personas físicas, patrimonio e impuestos al consumo.
Para la simplificación tributaria se propone eliminar el anticipo para las personas físicas y mipymes, reestructurar del esquema de anticipo para las personas jurídicas y eximir por tres años del pago de impuestos activos del sector hotelero (nuevos proyectos) y un año para el de los demás sectores.
Entre las cosas que se introducen están la categoría de “emprendimiento” dentro de la definición de personas jurídicas, que estaría exenta del pago de ISR e impuesto sobre los activos en los dos primeros años de la empresa.
Respecto a la renta de personas jurídicas, esta reforma incrementaría transitoriamente la tasa de Impuesto sobre la Renta (ISR) a 30% en los primeros tres años de haber sido aprobada y retornaría al 27% en el cuarto año. Además, propone subir del 2% al 10% la retención hecha por terceros a personas jurídicas.
El proyecto deroga algunas exenciones en la Ley 158-01 de Fomento al Desarrollo Turístico e igualmente deroga el artículo 4 de la Ley 56-07 que otorga exenciones a la industria textil.
En cuanto a las personas físicas, se establece una tasa de 35% para la escala salarial del ISR del último tramo correspondiente a los trabajadores de mayor ingreso. Las demás escalas quedan sin variación. Los asalariados hasta RD$416,220 están exentos del pago del ISR, mientras los que ganen entre RD$416,220.01 a RD$624,329 pagan un 15%; los que perciban entre RD$624,329.01 a RD$867,123 pagan un 20%, mientras todos aquellos cuyos ingresos superan RD$867,123.01 pagarán un 35% de sus ingresos.
Mientras los contribuyentes con ingresos por encima de los RD$1,050,500 anuales tributarían según los criterios de personas físicas.
El proyecto eliminaría la deducción del gasto educativo del ISR establecido en la Ley 179-09.
Indica que las indemnizaciones por accidentes de trabajo, preaviso y cesantía por encima del tramo superior de la escala salarial, equivalente a RD$867,123.01, estarán sujetas al pago de ISR.
En cuanto a las propiedades, el proyecto reestructura el impuesto a la propiedad inmobiliaria (IPI) para que los inmuebles exentos sean aquellos con valor inferior o igual a los RD$5 millones, mientras cuando el valor de la propiedad se encuentre por encima de esa cifra y debajo de los RD$8,138,353.3, se cobrará una tasa de 0.5%. Si excede esta cantidad, los contribuyentes deberán pagar una tasa del 1%.
Asimismo, se crearía un Impuesto a Inmuebles, que gravará con un 1% el valor de las propiedades de las personas jurídicas.
Sobre los impuestos al consumo, el proyecto establece una sola tasa del 16% para el impuesto a la transferencia de bienes y servicios industrializados (ITBIS). Además, aumenta el impuesto selectivo específico a las bebidas alcohólicas a RD$1,000 por cada litro de alcohol absoluto, mientras que se establece uno de estos impuestos a bebidas azucaradas de RD$8.9 por litro.
En los servicios digital se aplicaría la ley vigente en lo relativo al ITBIS. Además, el impuesto de circulación de vehículos quedaría fijado como un pago único de RD$2,500 para vehículos con valor menor a los US$10,000 y 1% sobre valor de mercado para aquellos que estén por encima de US$10,000.