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Desde hoy la tarjeta de vacunación cobra fuerza para entrar a los establecimientos

Verón. A partir de este lunes, 18 de octubre, entra en vigencia la disposición oficial que hace obligatorio la presentación de la tarjeta de vacunación para poder ingresar a instituciones públicas y establecimientos privados de uso público, como restaurantes, bares, colmadones, discotecas  clubes, centros comerciales, tiendas, casinos, gimnasios, centros deportivos y cualquier otro centro de diversión.

La controversial disposición también es aplicable para las personas que asistan a lugares de trabajo con espacios cerrados y de uso colectivo, centros de estudios de todos los niveles (públicos o privados) y para quienes aborden cualquiera de los medios de transporte de uso público, urbano o interurbano.

Contenida en la resolución 0000-48, la medida especifica que la obligatoriedad de presentar un documento de identidad y su tarjeta de vacunación contra el Covid-19 con por lo menos dos dosis, va dirigida a personas mayores de 12 años.

Ambos documentos deberán ser presentados en original o en copia legible física o digital.

En su defecto, una prueba PCR

Las personas mayores de 12 años que no hayan recibido por lo menos dos dosis de la vacuna deberán presentar de manera recurrente una prueba PCR en original, cuyo resultado haya salido negativo, realizada máximo 7 días antes por el Ministerio de Salud Pública o un laboratorio autorizado. Esta disposición dejará de ser aplicable a cada persona 14 días después de recibida su segunda dosis de la inoculación.

Para la presentación de la tarjeta de vacunación la resolución en cuestión establece algunas excepciones, como es el caso de las personas que por razones médicas no puedan recibir la vacuna, en cuyos casos el Ministerio de Salud Pública podrá otorgar un permiso especial.

Sanciones

Se advierte que la falsificación de las tarjetas de vacunación, las pruebas PCR y los permisos especiales será perseguida y sancionada de conformidad con el Código Penal.

En tal sentido, se pide a toda persona o establecimiento, de los indicados en la resolución, que detecte posible falsificación de los referidos documentos, a notificarlo a la autoridad competente, a los fines de iniciar las investigaciones pertinentes y aplicar las sanciones correspondientes.

Asimismo, se advierte que el incumplimiento de las medidas dará lugar a la clausura temporal de establecimientos, de conformidad con la Ley de General de Salud, y se sancionará con multas que oscilarán entre uno y diez salarios mínimos.

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