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Ministerio de Turismo permite al sector hotelero la ocupación del 100% de su capacidad

Bávaro Punta Cana.- Mediante la resolución DJ-022/2021, el Ministerio de Turismo, establece que las ocupaciones de las habitaciones en el sector hotelero pueden llegar al 100% de su capacidad y a un 90% en la transportación del personal, en la República Dominicana.

Esta resolución deja sin efecto las limitaciones al nivel de ocupación y servicios establecidas anteriormente por el Ministerio de Turismo, por lo cual esta podrá ser de un 100% de su capacidad sin perjuicio de que se mantengan las medidas de distanciamiento social, necesarias para prevenir el contagio del Covid-19.

Asimismo, se reitera que el aforo en los vehículos destinados por los establecimientos turísticos para el transporte de sus empleados y los turistas locales y extranjeros, será de hasta un 90%, medida que podrá ser modificada.

También la resolución dicta que el nivel de ocupación en las excursiones, el transporte marítimo, las actividades de rancho, caballo, parques acuáticos, puede ser de hasta un 85%.Se recordará, que estaba una restricción vigente, medida tomada siguiendo los protocolos por el Covid-19, del 80% de ocupación en las habitaciones hoteleras.

El Ministerio de Turismo hace hincapié, que revisará periódicamente estas medidas tomadas y serán supervisadas por inspectores del Departamento del Viceministerio de Calidad, pues se tomarán las previsiones correspondientes y se fiscalizará a quien incumpla con la medida.

Cabe recordar, que a partir de la resolución DJ05/2020, tomada en noviembre del año 2020, se implementó en el territorio nacional el Protocolo Nacional de Gestión de Riesgo de Salud ante el Covid-19, específicamente para el sector turístico.

Ese protocolo fueron medidas que se establecieron de forma global por la Organización Mundial de la Salud, OMS, a las cuales República Dominicana se adhirió pues el país fue declarado en Estado de Emergencia en marzo de ese mismo año, para limitar severamente la aglomeración de personas y prevenir el contagio masivo y o transmisión comunitaria, lo que requirió el establecimiento de restricciones a la libertad de tránsito y a la libertad de asociación y reunión.

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