Bávaro, Punta Cana.- Las Asociaciones de Touroperadores de Excursiones terrestres y marítimas, Transportistas turísticos y Parques de atracciones, se unieron para hacerle una solicitud al presidente Luis abinader, pues no fueron incluidos en el decreto número 325-21.
La Asociación de Touroperadores Receptivos (ASOTURE), la Asociación de Servicios Acuáticos de Hoteles de la Provincia La Altagracia (ASOPROSAHPLA), la Asociación de Transportistas Turísticos (ADROTRATUR), la Asociación de Propietarios de Excursiones de Aventuras Motorizadas (APEXAM) y la Asociación Nacional de Turismo de Aventuras (ASONATURAVE), redactaron una misiva que enviaron por medio del ministro David Collado solicitando la inclusión del segmento de Touroperadores, Operadores de Excursiones, terrestres o marítimas, Transportistas Turísticos y Parques de atracciones.
Manifiestan que fueron obviados de dicho Decreto pues únicamente se incluyó a bares, restaurantes y hoteles dejando sin amparo a miles de trabajadores, inherentes a la oferta complementaria de la actividad turística e imprescindibles para cualquier destino turístico.Ruegan al presidente ser incluidos como beneficiarios de dicho fondo a los empleados de estos rubros.
Explican que al igual que el proveedor del servicio de acomodación son parte integral del flujo de negocio propio de la actividad turística «para que quienes nos visiten disfruten de las bondades de nuestro país y la grandeza de nuestra gente», indica la misiva.Manifiesta que el sustento de muchas familias depende de esta inclusión.
El presidente Luis Abinader emitió el Decreto 325-21 mediante el cual extendió por tres meses más el Fondo de Asistencia Social al Empleado (FASE) I, pero sólo para trabajadores suspendidos del sector turismo (hoteles, bares, restaurantes, aeropuertos y líneas aéreas).
“Se crea el fondo de asistencia para los trabajadores del sector turismo, habilitado para los meses de mayo, junio y julio de 2021”, indica el Artículo 1 del decreto, que también agrega que beneficiará a los trabajadores que siguen suspendidos de los sectores bares, cantinas, hoteles, campamentos, así como para los que se dedican a la prestación de servicios de rampa, mostradores o alimentos y bebidas de pasajeros de líneas aéreas y cruceros.