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Verón-Punta Cana puede tener oficina de Planeamiento Urbano, según MEPyD

Punta Cana. El Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo (MEPyD), dispuso en su portal web un segmento en el que responde 145 preguntas vinculadas a la recien promulgada Ley 368-22, de Ordenamiento Territorial, Usos de Suelo y Asentamientos Humanos.

En la pregunta número 9, referente a cuáles son los distritos que cumplen con el número de habitantes requeridos para disponer de una oficina de Planeamiento Urbano, dice que los distritos municipales que tengan más de 15 mil habitantes, según el Censo Nacional de Población y Vivienda, pueden crearla.

Además, en esa misma pregunta el Ministerio publicó una lista de las demarcaciones, que pueden contar con una oficina de Planeamiento Urbano, donde figura el Distrito Verón-Punta Cana.

Esto de acuerdo al artículo 24 de la Ley 368-22, que refiere en el parágrafo I que los distritos municipales pueden contar con su propia oficina de Planeamiento Urbano al pasar los 15 mil habitantes.

La semana pasada, los vocales de Verón-Punta Cana aprobaron la creación de esta oficina, basado en ese mismo artículo, donde la Junta Municipal puede asumir el planeamiento urbano en un 100% y no en un 50%, como actualmente sucede como parte de un acuerdo firmado de Mancomunidad con la Alcaldía de Higüey, en 2013.

El alcalde de ese municipio, Rafael Barón Duluc (Cholitín), ante la decisión de los vocales de Verón, afirmó estar en desacuerdo y designó a un equipo de abogados para apelar esta acción.

También, la semana pasada, el Ministerio de Economía, Planificación y Desarrollo, convocó a los directores distriales a un taller para la discusión del reglamento de la Ley 368-22.

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