Bávaro. El uso de las vías públicas para colocar negocios privados se ha vuelto recurrente en esta demarcación turística de Verón-Punta Cana, provincia La Altagracia. En esta ocasión se trata de los parqueos en la playa Jelly Fish.
Allí han optado por cerrar la entrada de los terrenos donde cobra por parqueos con una soga y dos muros de cemento, pero los mismos están colocados sobre la vía, que de por si es bastante estrecha.
Esto sucede en dos espacios de la misma vía, donde propietarios de las áreas circundantes decidieron apoderarse del área de la calle en frente a sus terrenos, tal como se observa en la imagen que acompaña a esta historia.
La obstaculización de la vía pública es sancionada en este país, las legislaciones contemplan multas por este tipo de acciones.
Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana define la vía pública como el espacio urbano, suburbano o rural de uso público destinado al tránsito de personas y vehículos, conformado por una calzada, por donde deben transitar los vehículos motorizados y no motorizados, y las aceras por donde deben transitar los peatones. También se entenderá como vía pública para los fines de tránsito de acuerdo con esta ley, el camino privado que esté de algún modo sujeto a servidumbre pública.
Según esta legislación, la calle que conduce a Jelly Fish es una vía pública, que está siendo obstaculizada. También el artículo 131 de la referida ley precisa que el Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) reglamentará el uso de las vías públicas, y tomará en consideración las necesidades de la seguridad pública, el buen orden en el tránsito, las características y uso de las vías públicas, los lugares, las características y uso de los diferentes vehículos que transiten por las vías públicas.
Además, en artículo 147 precisa que “queda prohibido el establecimiento de quioscos, casetas, puestos de ventas en las vías públicas y paseos. Toda persona que viole esta disposición será sancionada con el pago de un salario mínimo del que impere en el sector público centralizado”.