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Hoy se conmemora el 177 aniversario de la Constitución dominicana

Punta Cana. Hoy los dominicanos celebran con orgullo la Constitución. Esta surgió en momentos en que los pueblos latinoamericanos habían declarado su independencia y creado sus Estados, lo que contagió al movimiento nacionalista que impulsó Juan Pablo Duarte, que llevó a la declaración de independencia el 27 de febrero del 1844.

De ahí radica la gran importancia histórica  que se la otorgado por tratarse de la primera Constitución promulgada en el país, siendo el objetivo final defender la soberanía del país.

Todo esto considerando que se acababa de librar un proceso independentista liderado por Juan Pablo Duarte, Francisco del Rosario Sánchez y Ramón Matías Mella, junto a muchos otros hombres y mujeres.

Desde entonces en el país han gobernado diferentes personalidades. Sin embargo, no fue sino hasta el 1963, que también por primera vez se eligió un presidente democráticamente. El profesor Juan Bosch fue el agraciado de aquel momento histórico.

Es preciso recordar este hecho, ya que, a propósito de los 176 años que se cumplió el pasado viernes 6 del presente mes bajo un orden constitucional, en diversas ocasiones se ha contemplado la modificación de la Constitución para fines mayormente políticos.

Es importante mencionar que la Constitución dominicana, tras su reforma en 2010, es una de las más actualizadas de Latinoamérica, y se enmarca dentro de la corriente del llamado “neoconstitucionalismo”, que consiste en constituciones largas, cargadas de derechos y programas de transformación social y con sistemas de control jurisdiccional de la constitucionalidad.

En la evolución constitucional dominicana han perdurado los principios esenciales del legislador constituyente de San Cristóbal: que la nación dominicana está organizada en un Estado libre e independiente, republicano, democrático y representativo.

Principales artículos que se establecieron en la primera Constitución de 1844.

La ciudadanía dominicana para los individuos residentes en el momento de la promulgación; para los dominicanos ausentes no se hubiesen tomado las armas contra la República; y para todos los hijos de oriundos de la isla nacidos en el extranjero que volverán al país.

Congreso bicameral: Cámara de diputados y senado.

Un gobierno republicano, electiva y esencialmente civil.

Los deberes: Defensa de la patria y contribución para los gastos del Estado.

La celebración de procesos electorales para elegir al presidente de la República, cuyo gobierno seria de cuatro años.

El establecimiento de los tres poderes independientes: que son legislativo, ejecutivo y judicial.

Las fuerzas armadas debían ser pasivas, obedientes y jamás deliberantes.

Los derechos humanos: igualdad ante la ley, derecho de asociación.

Oscar Quezada
Oscar Quezada
Soy un periodista que ama escuchar y contar historias, y con eso lucho cada día. Trato de hacerlo con relatos sencillos y entendibles para todos. Estudié en la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).
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